
El Área de Programas Académicos de la Secretaría Académica de la Universidad Nacional del Comahue informa a los interesados en inscribirse a carreras bajo el «Programa de Ingreso de personas mayores de 25 años sin título secundario» (Resolución Nº0659/2023). En el anexo único que acompaña a la citada resolución están los Lineamientos Generales para el Programa.
Lineamientos Generales para el «Programa para el ingreso de personas mayores de 25 años sin título secundario»
Objetivos Principales
- Garantizar la igualdad de oportunidades en el acceso a la Educación Superior en la Universidad Nacional del Comahue para aquellos candidatos que no poseen título secundario, pero cumplen con los requisitos de experiencia laboral y/o preparación adecuada para la carrera elegida.
- Reconocer la trayectoria laboral y las habilidades adquiridas, ampliando los criterios de admisión más allá del título secundario.
- Asegurar que los aspirantes demuestren aptitudes y conocimientos específicos de la carrera a la que desean ingresar, mediante evaluaciones adaptadas a cada campo de estudio.
Consideraciones
- Los candidatos que cumplen con los requisitos establecidos se encuentran en igualdad de condiciones que aquellos que poseen título secundario, habilitándolos como aspirantes para acceder a la educación superior en la Universidad Nacional del Comahue.
- La medida no perjudica a aquellos que han completado sus estudios secundarios, sino que otorga un derecho adicional a un grupo específico y excepcional.
- La evaluación se realizará específicamente en la carrera a la que el aspirante desea ingresar, considerando los criterios y requisitos propios de cada carrera.
Acceso – Requisitos
Se fijan los siguientes requerimientos básicos, como excepción, para la condición de aspirante a la Universidad por parte de los postulantes mayores de 25 años sin título secundario, de acuerdo con lo dispuesto por la Ley de Educación Superior y la Ordenanza del Consejo Superior N.º 273/2018: a) Tener, como mínimo, 25 años cumplidos al 31 de diciembre del año en que solicite ser evaluado. b) Poseer estudios primarios completos. c) Contar con preparación y/o experiencia acorde con la carrera elegida. d) Demostrar aptitudes y conocimientos suficientes para cursar la carrera elegida satisfactoriamente.
Acceso – Inscripción
La inscripción al Programa se realizará ante el Área de Programas, dependiente de la Secretaría Académica de la Universidad. Para inscribirse en la carrera elegida, los postulantes deberán:
- Completar el formulario proporcionado por el Área de Programas.
- Presentar los siguientes documentos obligatorios en formato PDF: copia del DNI (ambas caras) y currículum vitae. El período de inscripción será publicado en el sitio oficial de la Secretaría Académica Central y comunicado a las áreas respectivas.
Acceso – Comunicación
Una vez finalizado el período de inscripción, el Área de Programas se encargará de comunicar lo siguiente:
- Notificará electrónicamente a los postulantes sobre su aceptación o no, proporcionando información detallada sobre los pasos a seguir.
- Informará a las respectivas Secretarías Académicas de las Unidades Académicas solo la lista de postulantes aceptados junto con las carreras seleccionadas.
- Comunicará a la Secretaría Académica de la Universidad la lista de postulantes que se han inscrito en el programa.
Exámenes
Las Unidades Académicas, mediante las respectivas Secretarías Académicas, serán responsables de llevar adelante las exigencias complementarias, ya sea mediante exámenes, entrevistas, procesos de nivelación u otros métodos considerados apropiados para los estudios que deseen cursar los inscriptos. Las exigencias deberán ser aprobadas mediante disposiciones internas de cada Secretaría Académica. Una vez cumplido el proceso de las exigencias complementarias, las Unidades Académicas deberán:
- Notificar electrónicamente a los inscriptos sobre el resultado del proceso.
- Comunicar electrónicamente al Área de Programas de la Universidad únicamente el listado de quienes aprobaron las exigencias complementarias.
Inscripción a la carrera
El Área de Programas deberá:
- Elaborar el correspondiente proyecto de Resolución para la aceptación de la inscripción de quienes aprobaron las exigencias complementarias, y remitirlo a la Secretaría Académica de la Universidad para su control y firma.
- Con la emisión de la Resolución de Rectorado correspondiente, se deberá informar a la Dirección de Inscripciones y Legajos de la Universidad sobre la resolución y adjuntar electrónicamente los requisitos documentales de quienes aprobaron.
La Dirección de Inscripciones y Legajos deberá:
- Otorgar mediante el sistema informático SIU GUARANÍ el correspondiente legajo definitivo (IL).
- Informar a las Unidades Académicas, Departamento de Alumnos, el listado de los inscriptos.
- Enviar a los Departamentos de Alumnos copia del Legajo del Estudiante.
- Adjuntar electrónicamente a los estudiantes inscriptos el correspondiente recibo de inscripción a la respectiva carrera.
Aclaración general: No se reconocerá la aprobación del ingreso realizado en otra institución educativa para el inicio de estudios universitarios en la UNComa. Sin embargo, se reconocerá como equivalente el ingreso aprobado en otra Universidad cuando el interesado en continuar sus estudios universitarios en la UNComa solicite el reconocimiento de materias equivalentes de un plan de estudios de una carrera universitaria.